Tuvimos ocasión hace dos dias de hacernos eco de una noticia publicada en Expansión sobre el impacto económico del Real Decreto-Ley 14/2010 iba a suponer sobre el Sector de la empresas productoras de energía fotovoltaica, así como las breves reflexisiones sobre una, más que compleja, eventual reclamación por responsabilidad. Dejamos hoy reseñado el marco normativo del Sector (con indicación de la normas), así como novedades importantes en el "régimen especial de producción de energía fotovoltaica".
REGIMEN NORMATIVO
1.- Real Decreto 661/2007, de 25 de mayo : [VER BOE], por el que se aprueba el régimen especial de producción de energía eléctrica.
2.- Real Decreto 1578/2008, de 26 de septiembre [VER BOE] por que se aprueba la retribución de la actividad de producción de energía mediante la tecnología solar fotovoltaica, así como su corrección de errores [VER BOE]
3.- Real Decreto 1565/2010, de 19 de noviembre, que modifica el régimen de producción de energía eléctrica en régimen especial. [VER BOE].
4.- Real Decreto-Ley 14/2010, de 23 de diciembre, [VER BOE], de medidas urgentes para la corrección del déficit tarifario.
NOVEDADES MÁS IMPORTANTES DEL RD-LEY 14/2010 (régimen especial energía fotovoltaica).
1.- Limitación de horas equivalentes de funcionamiento de la instalaciones de producción eléctrica fotovoltaica, en los términos señalados en las disposiciones transitoria primera y segunda del Real Decreto.
2.- Ampliación de plazo de pago de la primas a las instalaciones de producción de energía fotovoltaica: se pasa de 25 a 28 años (disposición final primera Real-Decreto Ley 14/2010).
3.- A partir del 1 de enero de 2011 los productores de energía deben abonar los peajes de uso de las redes de distribución, estableciéndose un peaje provisional de 0,5 € MWh, sin perjuicio de ulteriolr desarrollo reglamentario
RESEÑAS DE INTERÉS
a.- Gomez-Acebo y Pombo: notas sobre RD 1565/2010. Noviembre 2010
b.- Gomez.Acebo y Pombo: notas sobre RD 1565/2010 y 1614/2010. Diciembre 2010.
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