Se ha publicado el Real Decreto-ley 8/2011, de 1 de julio, de medidas de apoyo a los deudores hipotecarios, de control del gastos público y cancelación de deudas con empresas y autónomos contraidas con entidades locales, de fomento de la actividad empresarial, e impulso de la rehabilitació y simplificación admministrativa [ Ver texto BOE del 7 de julio].
IMPORTANTE ENTRADA EN VIGOR HOY. (disposición final tercera).
Con independencia de que acometamos unas breves reflexiones, en futuras entradas, sobre cada una de la materias a las que afectra este Real Decreto-ley, adelantameos un breve esquema por materias:
Temas de interés:
- Ejecuciones hipotecarias: se modifican diversos preceptos de la Ley de Enjuiciamiento Civil: en especial la cantidad inembargable del salario mínimo interprofesional, en caso de ejecución hipotecaria con adjudicación del bien a la hipotecante, los porcentajes para tomar parte en la subasta , el porcentaje respecto del valor de taasacióbn del valor de remate. En defintiva los artículos 669 a 671 LEC. [VER COMENTARIO EXTENSO]
- Modificaciones de la Ley General Presupuestaria: se aprueba un techo de gastos en función del crecimiento de su gasto computable y la tasa de crecimiento a mecio plazo. En defintiva se modifican los artículos 7 a 9 de la Ley General Presupuestaria. [VER COMENTARIO EXTENSO]
- Línea de crédito para cancelacion de deudas de Entidades Locales: Aprobación de línea financiera del ICO, con importes máximos y plazos, para atender deudas de las Entidades Locales con autónomos y empresas. [VER COMENTARIO EXTENSO]
. IRPF: se declaran exentas una serie de rentas obtenidas por transmisión de participaciones en empresas de reciente creación, donaciones y determinados supuestos de transmisión de vivienda habitual, entre otras.
- Fomento de la rehabilitación: delimitación de actuaciones de rehabilitación en relación con la ley de economía sostenible
- Seguridad jurídica en Materia Inmobiliaria: delimitación de documetación para las declaraciones de obra nueva y terminación de obra (modificación de la Ley del Suelo) , y regulación del silencio administrativo para las autorizaciones administrativas en materia inmobiliaria. [VER COMENTARIO EXTENSO]
- Regulación del "Silencio Adminsitrativo" en determinadas actuacione administrativas con incorporacion de un Anexo con los procedimientos administrativos en los que el silencio administrativo debe considerarse positivo.
Un elenco de materias que deben analizarse detenidamente.
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